el Gobierno anticipó cambios en la aplicación prevista en el proyecto de Inocencia Fiscal
El Gobierno adelantó que ARCA modificaría la forma de aplicar las multas automáticas previstas en el proyecto de Inocencia Fiscal. El esquema anunciado contempla un aviso previo al contribuyente, un plazo adicional para regularizar el incumplimiento y sanciones graduadas según los días de demora.
El ministro de Economía, Luis Caputo, anticipó cambios en la reglamentación de las multas tributarias contempladas en el proyecto de Inocencia Fiscal.
Según lo informado, una vez vencido el plazo para presentar una declaración jurada, ARCA no aplicaría inmediatamente la multa, sino que enviaría un recordatorio y otorgaría un plazo adicional de entre 10 y 15 días hábiles para regularizar la situación.
Si transcurrido ese período el contribuyente continúa sin cumplir con la obligación, el organismo podría avanzar con la intimación formal y la correspondiente sanción.
Además, se tendría en cuenta la cantidad de días de demora para determinar el monto de la multa, buscando diferenciar incumplimientos ocasionales de situaciones reiteradas o de mayor gravedad.
El objetivo anunciado es favorecer el cumplimiento voluntario y evitar que una demora formal de corta duración tenga automáticamente las mismas consecuencias que un incumplimiento prolongado.
Un fuerte aumento en los montos de las multas
La gradualidad adquiere especial importancia debido al considerable incremento de las sanciones previsto en el proyecto.
Las multas mínimas por determinadas infracciones formales pasarían de $200 a $220.000, mientras que las máximas se elevarían de $400 a $440.000.
Para ciertos incumplimientos relacionados con declaraciones juradas informativas, las sanciones podrían ubicarse entre $5.000.000 y $10.000.000.
En regímenes de información vinculados con operaciones internacionales, los importes pueden ser todavía superiores. La omisión de información sobre operaciones con sujetos del exterior podría generar multas de hasta $22.500.000, mientras que determinados incumplimientos relacionados con el régimen País por País podrían alcanzar los $67.500.000.
Asimismo, las infracciones generales contempladas en la Ley 11.683 pasarían a tener sanciones de entre $150.000 y $2.500.000, con topes que, según el tipo de infracción y contribuyente, podrían llegar a $35.000.000.
Algunos de estos incrementos representan multas más de 200 o 300 veces superiores a sus valores anteriores.
El proyecto contempla, además, que desde el 1° de enero de 2027 los importes sean actualizados automáticamente mediante UVA, evitando que vuelvan a quedar desactualizados con el paso del tiempo.
La importancia de establecer criterios objetivos
El fuerte incremento de las sanciones vuelve especialmente relevante la manera en que ARCA determine su aplicación.
Si se pretende graduar las multas de acuerdo con los días de demora y las características del incumplimiento, resulta importante contar con parámetros objetivos, escalas y límites claros que permitan relacionar el importe de la sanción con la gravedad efectiva de la conducta.
Esto adquiere especial relevancia frente a incumplimientos meramente formales que no hayan generado un perjuicio fiscal concreto.
El desafío será encontrar un equilibrio entre un régimen sancionatorio eficaz y el respeto de los principios de razonabilidad y proporcionalidad, evitando que faltas menores puedan derivar en consecuencias económicas excesivas.
Seguridad jurídica: ¿reglamentación o modificación de la ley?
Otro punto central es que el mecanismo anunciado de aviso previo, plazo adicional y graduación de las multas podría quedar establecido únicamente mediante reglamentación administrativa.
Si estos criterios no son incorporados expresamente a la ley, podrían modificarse posteriormente ante cambios en las autoridades o en la política tributaria sin necesidad de una nueva intervención del Congreso.
Desde la perspectiva de la seguridad jurídica, sería conveniente que las principales garantías del procedimiento queden establecidas en la propia normativa.
De esta manera, los contribuyentes podrían conocer de antemano cuándo corresponde una sanción, cómo se determina su monto y qué posibilidad existe de regularizar un incumplimiento antes de su aplicación.
Frente al significativo aumento previsto para las multas tributarias, la discusión no pasa solamente por cuánto se sanciona, sino también por cómo, cuándo y bajo qué criterios se aplica esa sanción.
Un régimen tributario previsible requiere herramientas eficaces de control, pero también reglas claras que permitan diferenciar una demora ocasional de un incumplimiento reiterado o de mayor gravedad.